Derecho sindical
Extensión y concepto La estabilización jurídica del fenómeno sindical aún no puede considerarse lograda, porque la política y la fuerza siguen condicionando en gran medida la configuración de las relaciones entre los trabajadores y los sindicatos y las de éstos con el Estado. En los países con un grado de industrialización acentuado existe, sin embargo, un núcleo normativo identificado como Derecho sindical, cuyo desarrollo y relevancia no siempre coincide con la recepción de las normas reguladoras de los sindicatos en el Derecho estatal. Como puso de manifiesto Leroy, no se quiere reconocer carácter jurídico a las normas que regulan el funcionamiento de los sindicatos porque aquéllas «no dependen directamente de la autoridad pública». No obstante, en la doctrina científica actual se abre paso la tendencia a incluir como materia normativa del Derecho sindical «la disciplina que conoce no sólo de los institutos relevantes para el Derecho estatal, sino también aquellos que están privados de tal relieve y que tienen una calificación diferente en el ámbito de los dos ordenamientos» (Giugni).
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